Analizará Congreso del Estado el reconocimiento y daños provocados por el cigarro electrónico

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 MG 5352


· De la misma forma se recibieron y turnaron, en Sesión de Pleno, reformas en materia de procuración de justicia, medio ambiente y asuntos municipales

En sesión virtual del Pleno de la LX Legislatura del Congreso del Estado se presentó y turnó la iniciativa de decreto por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Protección a los No Fumadores para el Estado de Puebla, para incluir el reconocimiento de los cigarros electrónicos en la legislación, así como las afectaciones a la salud.

En su oportunidad, el diputado Miguel Trujillo de Ita, refirió que es necesario establecer políticas públicas que garanticen el bienestar de las y los poblanos como el derecho a la salud, pues, igual que el humo del tabaco, el vapor emitido por los cigarros electrónicos no solo perjudica la salud de los usuarios que lo consumen, igualmente, daña la salud de aquellas personas que se encuentran a su alrededor al momento de consumirles.

Parte de la iniciativa propone proteger la salud de las personas por inhalar, involuntariamente, el humo generado por otras emisiones producidas por el vapor de los sistemas alternativos sin combustión, prevenir y atender su uso, así como incluir que, por fumar, también, se entiende el inhalar el vapor generado por dispositivos electrónicos con o son nicotina.

El dictamen fue turnado a la Comisión de Salud para su estudio y resolución procedente.

En otro momento de la sesión se dio lectura a la Iniciativa de Decreto por la que se reforma la fracción III del artículo 2153 del Código Civil para el Estado de Puebla, para que vendedores a través de plataformas digitales garanticen la legalidad de los productos u objetos que oferten y entreguen a los compradores.

Al hacer uso de la palabra, el diputado Miguel Trujillo de Ita, señaló que la iniciativa tiene el propósito de brindar mayor protección al patrimonio de los ciudadanos, proteger sus derechos y garantizar mayor seguridad jurídica a quienes detentan la propiedad de dichos bienes.

De tal mamera que la fracción III quedaría de la siguiente manera “El vendedor está obligado: A otorgar al comprador los documentos legales y/o fiscales necesarios, para acreditar la legítima procedencia del bien objeto del contrato”.

El dictamen fue turnado a la Comisión de Procuración y Administración de Justica para su estudio y resolución procedente.

Mediante un punto diferente en el orden del día, se dio lectura a la iniciativa de decreto por la que se reforman las fracciones XLI y XLII y se adiciona la fracción XLIII al artículo 16 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Puebla, en materia de sustentabilidad mediante el uso de azoteas o techos verdes

En este sentido, la diputada María del Carmen Saavedra Fernández señaló que esta iniciativa tiene la finalidad de establecer que corresponde a los municipios fomentar la creación de espacios que contribuyan a la autosuficiencia, sustentabilidad y protección ambiental, a través de azoteas o techos verdes, jardines verticales, huertos urbanos.

El dictamen fue turnado a la Comisión de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático para su estudio y resolución procedente.

En un punto distinto en el orden del día, se dio cuenta de la iniciativa de decreto, que presentó el diputado Emilio Maurer Espinosa por la que se reforman la fracción III del artículo 136 y el 163; y se adiciona el artículo 163 Bis a la Ley Orgánica Municipal, con el fin de contar con funcionarios y funcionarias realmente aptos y capacitados que logren consolidar un servicio público de calidad para las y los poblanos, que deje atrás la improvisación y fomente la profesionalización en las administraciones públicas municipales.

El dictamen fue turnado a la Comisión de Asuntos Municipales para su estudio y resolución procedente.

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