Eliminación de Outsourcing, justicia para los trabajadores mexicanos: Alejandro Armenta

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El Senado de la República aprobó este martes en lo general y

particular reformar ocho leyes para la subcontratación laboral y acabar

con el outsourcing ilegal en México.

Con apoyo de todas las fuerzas políticas se acordó regular la práctica

conocida como outsourcing en el sector privado y público.

El senador Alejandro Armenta, presidente de la Comisión de Hacienda

y Crédito Público, dijo que esta es una reforma histórica que

beneficiará a las y los trabajadores mexicanos.

Explicó que ahora con estas modificaciones habrá sanciones fuertes

para los patrones que insistan en subcontraciones ilegales y en la

simulación en la que se incurrió en los últimos años, que lesionó a

millones de trabajadores y provocó daños graves al fisco.

Indicó que con este dictamen se reivindica los derechos

fundamentales que se arrebataron a los trabajadores y se frena una

evasión cercana a los 500 mil millones de pesos al año.

Señaló que la modificación a estos ocho ordenamientos en materia

laboral forma parte de los compromisos del gobierno del presidente

Andrés Manuel López Obrador para los trabajadores, a los que las

administraciones del PRI y PAN explotaron y privaron de sus

derechos.

“Una vez promulgada la reforma y a quienes insistan en el ilegal

outsourcing, incurrirán en defraudación fiscal, delito grave, que amerita

prisión preventiva oficiosa”, expresó el senador.

Comentó que el outsourcing defraudó al IMSS con 50 mil millones de

pesos al año, cifra necesaria para comprar medicamentos y pagar al

personal médico durante la pandemia.

Aclaró que la subcontratación de personal, sólo se podrá dar en

servicios y obras especializadas.

Además, establece que los patrones que actualmente tengan

subcontratado a personal que realice labores sustanciales de su

empresa tendrán un plazo de tres meses para regularizar la situación.

En el caso del gobierno, el plazo es de un año.

En ese proyecto, que modifica ocho leyes, de entrada introduce

cambios a la Ley Federal del Trabajo (LFT), y en su artículo 12

establece la prohibición explícita de “la subcontratación de personal,

entendiéndose ésta cuando una persona física o moral proporciona o

pone a disposición a trabajadores en beneficio de otra”.

La subcontratación sólo podrá darse en caso de que una empresa

requiera servicios u obras especializadas, como la de limpieza o de

constricción, pero no podrá, como ocurre en la actualidad, que una

empresa minera contrate a una tercera para que se haga cargo de sus

trabajadores mineros, que no dependen de quien es realmente su

patrón.

En ese mismo artículo 12 de la LFT se precisa se regula a las

agencias de empleo o intermediarios que intervienen en los procesos

de proceso de reclutamiento, selección, entrenamiento y capacitación,

quienes podrán seguir desempeñando estas tareas, pero en ningún

caso se considerarán patrones.

Las empresas subcontratistas deberán inscribirse en un padrón que

estará a cargo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y de no

hacerlo o en caso de negarse a las inspecciones de la autoridad

laboral, serán multados con hasta cerca de 5 mil en este último caso y

de 30 millones de pesos en el primero.

La reforma incluye modificaciones a la Ley del Seguro Social, con el

fin de que todas las compañías obtengan un registro patronal en

términos de lo dispuesto por el Reglamento de la esa legislación en

materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y

Fiscalización, para realizar la inscripción de sus trabajadores a nivel

nacional.

Las empresas que no lo hagan, serán dadas de baja por el Instituto

Mexicano del Seguro Social (IMSS), que además está obligado a

reportar a la autoridad laboral toda irregularidad que detecte en

materia de subcontratación.

En el artículo 108 del Código Fiscal de la Federación se establece que

utilizar esquemas simulados de prestación de servicios especializados

o de la ejecución de obras especializadas, constituyen el delito de

defraudación fiscal y sus equiparables.

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