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La Ley de Ingresos 2023 del Estado de Puebla, contempla el cobro de nuevos derechos por los servicios que proporcionan dependencias de la administración estatal, entre ellos el Expediente de Atención Temprana (EAT) que no implique un delito, derivado de extravío o pérdida de documentos.
El trámite se realiza ante la Fiscalía General del Estado de Puebla (FGE), que culmina con la expedición de un EAT, que le permite a la persona que lo solicita tener constancia de la pérdida o extravío de objeto y/o documento.
Y en su caso, efectuar el trámite administrativo para su reposición, o bien deslindarse de la responsabilidad por el mal uso que se le pueda dar a los documentos extraviados.
Con ello se puso fin a la gratuidad de este servicio y se fijó un costo de 100 pesos para el público en general.
Aunque hay una tarifa diferenciada para estudiantes de 80 pesos y de 50 pesos para personas mayores de 70 años o que tengan alguna discapacidad psicomotora o sensorial.
Requisitos
En principio se requiere presentar una identificación oficial con fotografía, en original y copia.
Puede ser credencial del INE, licencia de conducir, pasaporte, cédula profesional, credencial del Inapam, carta de identidad emitida por el municipio o junta auxiliar, Cartilla Militar, y Certificado de Estudios a partir del nivel secundaria con fotografía.
Comprobante de domicilio, en original y copia, con una antigüedad no mayor a tres meses.
Pueden ser emitidos por la Comisión Federal de Electricidad (CFE), compañías telefónicas, agua potable o bancario.
En específico, si el EAT es por pérdida o extravío una o ambas placas de circulación, se debe presentar la tarjeta de circulación o factura endosada a nombre de la persona que realiza el trámite, en original y copia.
Si el EAT es por pérdida o extravío de tarjeta de circulación de unidad automotriz, se debe presentar la factura endosada a nombre de la persona que lleva a cabo el trámite en original y copia.
Aunque si es por pérdida o extravío de gafete laboral, que no cuenten con alguna identificación con fotografía, señalada anteriormente, deberá presentar constancia laboral expedida por el centro de trabajo donde labora.
Asimismo, se contempla el procedimiento para personal del ejército por pérdida o extravío de la Tarjeta Única de Identificación Militar (TUIM).
¿Qué es un Expediente de Atención Temprana?
En términos generales, la EAT es un documento mediante el cual la FGE certifica que la persona física o moral se presentan en forma voluntaria ante la autoridad, para mencionar la pérdida o extravío sin que se abra línea de investigación.
Entre otros, los elementos extraviados por los que se puede crear la EAT son: identificaciones en general, credencial del INE, licencia de manejo, pasaporte, documentos, objetos y placas.
Procedimiento
Se debe generar el pago a través de la página web de Fiscalía: https://rl.puebla.gob.mx en la opción buscar escribir Expediente de Atención Temprana.
Posteriormente, hay que llenar el formulario de solicitud.
Elegir opción de pago que puede ser en ventanilla bancaria o pago en línea.
Emitir el comprobante fiscal de pago en https://rl.puebla.gob.mx y consultar la referencia / impresión de comprobante fiscal.
Tras realizar el pago, es necesario presentarse en el Módulo Express o Unidad de Investigación más cercano, donde el solicitante deberá narrar los hechos al servidor público asignado.
Una vez concluida la narrativa, los hechos se asentarán en la EAT, y finalmente se procederá a recabar rúbrica y huellas dactilares del solicitante.

