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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) informó que las certificaciones publicadas el 23 de junio en el Diario Oficial de la Federación tuvieron como único objetivo corregir inconsistencias materiales en el registro de algunas votaciones, sin modificar el sentido de las sentencias ni sus efectos jurídicos.
A través de un comunicado, el máximo tribunal explicó que en la Acción de Inconstitucionalidad 49/2025 se detectó una discrepancia entre la videograbación y la versión taquigráfica de la sesión respecto al sentido del voto del ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz. Según la Corte, el error fue trasladado al engrose publicado, por lo que se emitió una certificación para corregir el registro.
«El entonces secretario general de acuerdos informó que el ministro presidente había votado en contra.»
La SCJN señaló que una situación similar ocurrió en la Controversia Constitucional 115/2025, donde el engrose reflejó que el ministro presidente se había apartado de algunos párrafos de la resolución, pese a que durante la sesión pública votó a favor sin realizar precisiones adicionales. La corrección, afirmó, tampoco alteró el resultado de la sentencia.
El tribunal enfatizó que las certificaciones no modifican las resoluciones aprobadas ni los efectos legales de los fallos, sino que buscan garantizar que los documentos oficiales reflejen con exactitud lo ocurrido en las sesiones públicas, en apego a los principios de certeza, transparencia y seguridad jurídica.
El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó una certificación donde se alteró el voto del ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Hugo Aguilar, en una sentencia ya firmada y publicada el 1 de diciembre de 2025. El decreto publicado en el DOF se publicó el 25 de febrero de 2026. Sin embargo, este martes 23 de junio, el DOF publicó la certificación con el voto diferente del ministro presidente.
La controversia se centra en una diferencia entre la resolución publicada originalmente y un documento posterior relacionado con el sentido del voto atribuido al ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz.
La situación generó cuestionamientos entre especialistas, juristas y usuarios de redes sociales debido a que la certificación modifica la forma en que aparece consignada la votación de uno de los apartados de la sentencia.
De acuerdo con el texto difundido en ese momento, el denominado «tema 2» denominado «SANCIONES ADMINISTRATIVAS AMBIGUAS», fue aprobado por una mayoría de ocho votos. En la misma resolución se estableció que el ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, votó en contra de ese apartado.
La controversia gira en torno a la acción de inconstitucionalidad 49/2025, referente a las Leyes de Ingresos de diversos municipios de Oaxaca.
La sentencia fue firmada por los integrantes correspondientes de la Corte y publicada como parte de los procedimientos oficiales de difusión de resoluciones judiciales.
En dicho documento oficial, se leía textualmente: «El señor ministro presidente Aguilar Ortiz votó en contra». Esta versión de la sentencia fue firmada electrónicamente por el propio ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz y por el entonces secretario general de acuerdos, Rafael Coello Cetina.
En la versión publicada inicialmente, el apartado relativo al tema 2 especificó que la decisión fue aprobada por mayoría y detalló el sentido de los votos emitidos por las ministras y ministros participantes.
Ese registro permaneció sin modificaciones visibles durante varios meses en los documentos públicos disponibles.
Posteriormente, el Diario Oficial de la Federación difundió una certificación emitida por la Secretaría General de Acuerdos de la SCJN.
Según dicho documento, el mismo tema habría sido aprobado por unanimidad de nueve votos, incluyendo el respaldo del ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz.
La diferencia entre ambos registros se refiere tanto al número total de votos favorables como al sentido atribuido al titular de la Suprema Corte.
¿Qué función tiene una certificación de la Secretaría General de Acuerdos?
La Secretaría General de Acuerdos es el órgano encargado de documentar, certificar y dar seguimiento a los acuerdos y resoluciones adoptados por el Pleno de la Suprema Corte.
Entre sus atribuciones se encuentra la emisión de certificaciones relacionadas con expedientes, votaciones y documentos jurisdiccionales.
La publicación de la certificación ha generado preguntas sobre la diferencia entre ambos documentos y sobre los mecanismos utilizados para registrar modificaciones o aclaraciones en resoluciones previamente publicadas.
Especialistas en derecho han señalado que cualquier ajuste relacionado con sentencias, actas de sesión o registros de votación debe estar respaldado por documentación oficial que permita identificar el origen de la modificación y su fundamento jurídico.
Las resoluciones de la Suprema Corte constituyen documentos públicos y forman parte del sistema de consulta judicial utilizado por abogados, académicos, autoridades y ciudadanos.
Por ello, las variaciones en la forma en que se registran las votaciones suelen ser objeto de revisión y análisis, particularmente cuando involucran decisiones adoptadas por el Pleno del máximo tribunal del país.

